¿Qué es la deshonestidad Académica?
Art. 223: Se considera como deshonestidad académica presentar como propios productos académicos o intelectuales que no fueren resultado del estudiante o de cualquier miembro de la comunidad educativa. Incurrir en cualquier acción que otorgue una ventaja inmerecida a favor de uno o más miembros de la unidad educativa.
¿Qué sucede en el caso de que se infrinjan las normas sobre honestidad académica?
En caso de infringir estas normas, serán debidamente sancionado de conformidad con lo establecido en el reglamento a la LOEI y la normativa específica que para el efecto emita el Nivel Central de la Autoridad Educativa Nacional.
¿Qué incluye y cuales son los tipos de actos de deshonestidad académica?
La deshonestidad académica implica actos de plagio, trampa o fraude en el ámbito académico ya sea con trabajos realizados en la institución educativa como los realizados fuera de ellas.
Tipos de deshonestidad académica: Art. 224
Faltas leves:
1. Utilizar en un trabajo académico frases exactas creadas por otra persona, sin reconocer explícitamente la fuente.
2. Incluir en un trabajo académico, ideas, opiniones, teorías, estadísticas, gráficos, dibujos u otra información sin reconocer explícitamente la fuente, aún cuando hayan sido parafraseados o modificados.
3. Presentar el mismo trabajo académico, aún con modificaciones, en dos o más ocasiones distintas, sin haber obtenido autorización expresa para hacerlo.
Falta grave:
1. Presentar un trabajo académico hecho total o parcialmente por otra persona, con o sin su consentimiento, o realizar un trabajo académico o parte de él y entregarlo a otra persona para que lo presente como si fuera propio.
2. Copiar el trabajo académico o examen de alguien por cualquier medio, con o sin su consentimiento, o permitir que alguien copie del propio trabajo académico o examen.
3. Utilizar notas u otros materiales de consulta durante un examen, a menos que el docente lo permita de manera expresa.
4. Incluir el nombre de una persona en un trabajo grupal, pese a que esa persona no participó en la elaboración del trabajo.
5. Interferir en el trabajo de otras personas mediante la sustracción, acaparamiento, eliminación sabotaje, robo u ocultamiento de trabajos académicos, materiales o insumos que fueren necesarios para el desarrollo o la presentación de un trabajo académicos.
Falta Muy Grave:
1. Incluir en trabajos académicos cifras, resultados o datos inventados, falseados o modificados de entrevistas, encuestas, experimentos o investigaciones.
2. Obtener dolosamente copias de exámenes o de sus respuestas .
3. Modificar las propias calificaciones propias o las de otras personas.
4. Falsificar firmas, documentos, datos o expedientes académicos propios de otra persona.
5. Suplantar a otra persona o permitir ser suplantado en la toma de un examen.
Fuente: Deshonestidad académica según la LOEI (slideshare.net)
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